Las organizaciones sindicales, UGT y CCOO, y empresariales, CEOE y CEPYME, alcanzaron, el pasado lunes, un principio de acuerdo para la firma de un nuevo Acuerdo por el Empleo y Negociación Colectiva para los años 2015, 2016 y 2017. Así lo informaron, en rueda de prensa, el propio presidente de CEOE, Juan Rosell, y el de CEPYME, Antonio Garamendi.
Documento del Preacuerdo para el Empleo y la Negociaciķn Colectiva 2015, 2016 y 2017 CEOE, CEPYME, UGT y CCOO
El acuerdo busca impulsar el empleo y establece criterios en materia de empleo y contratación -con especial referencia a la contratación de jóvenes-, formación y cualificación profesional, procesos de reestructuración, derechos de información y consulta, igualdad de trato y oportunidades, seguridad y salud en el trabajo, estructura salarial y determinación de incrementos salariales, previsión social complementaria, instrumentos de flexibilidad y condiciones de trabajo, clasificación profesional y movilidad funcional, ordenación del tiempo de trabajo, inaplicación de determinadas condiciones de trabajo en los convenios, teletrabajo, incapacidad temporal, absentismo, estructura de la negociación colectiva, ultractividad y proceso negociador, comisiones paritarias y sistemas autónomos de solución de conflictos.
En materia salarial, el preacuerdo alcanzado recoge una subida salarial de hasta el 1% para 2015, hasta el 1,5% para 2016, teniendo en cuenta que el sumatorio de los salarios de ambos años será mayor a la suma de las inflaciones de los mismos, en función proporcional de los salarios inicialmente pactados. El aumento salarial para 2017 se concretará cuando se conozca tanto el PIB de 2016 como el Cuadro macroeconómico del Gobierno para 2017. Estos incrementos se encuentran orientados al mantenimiento y/o creación de empleo, tal y como recoge un comunicado emitido esta semana por los propios agentes sociales.
¿Cláusula de garantía salarial?
Los detalles del acuerdo han ido revelándose esta semana en los distintos medios de comunicación. Por ejemplo, el pasado lunes, fuentes de la negociación, afirmaban que, respecto a la muy discutida subida salarial, “los empresarios han insistido en que en el acuerdo figure la expresión ‘hasta’, de modo que la subida pueda adecuarse a las circunstancias de cada empresa”, tal y como señalaba el diario El País.
Este medio también apuntaba que el acuerdo va a incluir una cláusula de garantía del mantenimiento del poder adquisitivo frente a la inflación. Así, informaba, “si en los dos últimos pactos –el de 2010 y el de 2012- se optó por la fórmula de la congelación salarial, por la vía de los hechos. Ahora se puede decir que los salarios comenzarán a ganar terreno”. De esta forma, se rompe la tendencia que marcó el anterior acuerdo (el II AENC, de 2012 a 2014), que desligó las subidas salarias de la inflación, para marcarlas en relación con el propio crecimiento de la economía.
Con ese principio de moderación salarial, se impidieron efectos como el producido durante los peores años de la crisis, cuando, mientras la economía decrecía, los salarios subían. Por ejemplo, en el año 2010, con un paro que se había triplicado, los salarios en España crecían un 3,7%, mientras que en los países de nuestro entorno estaban congelados. Una situación que perjudicó gravemente a las empresas españolas y generó, a su vez, mayor desempleo. Por ejemplo, según los datos del propio Instituto Nacional de Estadística, en el año 2009, mientras que el PIB se derrumbó un 3,6%, los costes salariales llegaron a crecer un4,1% de medio anual.
Respecto a esta cláusula que contempla la inflación, el diario El Mundo también recoge el malestar que habría provocado en el Gobierno la referida fórmula. Por ejemplo, en las declaraciones recogidas del director de la Oficina Económica de Presidencia del Gobierno, Álvaro Nadal, este afirma que es necesario “no perder la referencia de cómo somos de competitivos respecto a los socios europeos y a otros sectores”. Según las fuentes gubernamentales consultadas por este medio, “es incomprensible que la patronal no haya mantenido la redacción del acuerdo anterior de 2012 que vinculaba las subidas salariales no solo a la inflación española, sino también a la europea, de modo que se tomara como referencia ‘la menor de las dos’”.
Sin embargo, en la rueda de prensa convocada por Rosell y Garamendi, ambos afirmaron que “no van a firmar ninguna cláusula de garantía salarial vinculada a la inflación”. “Simplemente, estamos poniendo un marco general, de orientación. Estamos recomendando, no obligando”, según las declaraciones del presidente de CEOE, recogidas por El Mundo, que añade que este “aseguró a puerta cerrada que las previsiones de inflación hacen prácticamente imposible que vaya a haber revisiones al alza, por lo que minimizó esa parte del acuerdo”.
Una subida acorde con la mejora de las previsiones económicas
“La cesión de la CEOE se debe a la mejoría de las previsiones económicas”, adelantaban desde el diario El Mundo, reconociendo que, “durante los meses de negociaciones”, el presidente de CEOE, Juan Rosell, “siempre se había mostrado dispuesto a que los salarios subieran en aquellas empresas con beneficios, pero como el presidente de Cepyme, Antonio Garamendi, defendía la moderación salarial para apuntalar la recuperación”. Fue el propio Rosell el que, la semana pasada, ya vislumbró un posible acuerdo, al señalar que las previsiones de crecimiento de la economía española permitían “ser más flexibles” en las subidas salariales.
Otro punto que abordará el acuerdo es acerca de qué ocurre con la ultractividad de los convenios. Un asunto especialmente debatido a raíz de la reciente sentencia del Tribunal Supremo que mantenía vigentes las condiciones laborales de convenios ya caducados. Al final, “parece que la solución pactada será recomendar a los negociadores de los convenios que incluyan cláusulas de arbitrajes obligatorios”, señala El País, que también añade que el pacto también contendrá cláusulas de mantenimiento de empleo y de empleo de calidad.
Estabilidad en el empleo y defensa de la negociación colectiva
De hecho, según se desprende del propio texto del acuerdo, además del campo de los salarios, se abordan otros aspectos relacionados con el empleo y la formación. Por ejemplo, se persigue “el fomento de la estabilidad del empleo y la reducción de la temporalidad, eliminando la injustificada, como garantía de competencia para las empresas y de seguridad para los trabajadores”. Para ello, se proponen medidas como la “promoción de la contratación indefinida en el acceso al mercado de trabajo, la transformación de contratos temporales en contratos fijos, el mantenimiento del empleo y la igualdad de oportunidades”. También, se llama a “adoptar fórmulas que eviten el encadenamiento injustificado de sucesivos contratos temporales para cubrir un mismo puesto de trabajo, con el objetivo de prevenir abusos”.
A la luz de este texto, el acuerdo también recoge que “las organizaciones sindicales y empresariales consideramos fundamental contribuir a través de la negociación colectiva alcanzar los objetivos de formación mediante la definición de crterios y prioridades en cuenta a, por ejemplo, el desarrollo del derecho individual a la Formación establecido por la Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, incluido el régimen sancionador en caso de incumplimiento del trabajador”.
Precisamente, el texto también destaca por su defensa de la negociación colectiva. Por ejemplo, en materia de instrumentos de flexibilidad, se establece que "el convenio colectivo podrá regular criterios, causas y procedimientos en la aplicación de medidas de flexibilidad, así como procedimientos ágiles de adaptación y modificación de lo pactado, con la participación, en ambos casos, de la representación de los trabajadores, y con la intervención en caso de desacuerdo de las comisiones paritarias y de los sistemas de solución de conflictos".
El acuerdo conllevará “estabilidad”
En la rueda de prensa, posterior a la Junta Directiva de CEOE que dio el visto bueno al preacuerdo para el redactado final, Rosell y Garamendi subrayaron que el AENC aportará estabilidad y tranquilidad a la situación de la economía. Según se aseguró, otro de los objetivos esenciales que busca el acuerdo es impulsar la creación de empleo para el que los empresarios: “vamos a hacer todo lo posible para incrementarlo”, porque como se crea empleo es creando empresas. También se señaló que el acuerdo tiene en cuenta el ámbito de los ocupados.
Para Juan Rosell, en unos momentos en que hay síntomas evidentes de recuperación, un acuerdo de estas características ayuda a trasmitir estabilidad y calma y al ser los datos positivos, se puede ser más flexible en el capítulo de salarios. Aunque siempre teniendo en cuenta que una parte de las empresas están con pérdidas y que una parte de la sociedad sigue en crisis. Además de cuestiones relacionadas con los salarios, también es importante modernizar y actualizar la Negociación Colectiva y este acuerdo lo puede conseguir. Por tanto, alcanzarlo ha sido un acto de responsabilidad. Y aunque en el debate no haya unanimidad, el consenso es muy mayoritario y los empresarios estamos de acuerdo en poner nuestro granito de arena a la hora de lograr impulsar el empleo y la actividad económica con acuerdos como este.
Por su parte, Antonio Garamendi hizo hincapié en que el preacuerdo recoge recomendaciones y no obligaciones y que muchas pequeñas y medianas empresas estarán en la moderación salarial. Ambos dirigentes empresariales anunciaron que, para las elecciones generales, CEOE y CEPYME harán llegar a los partidos políticos sus propuestas, preguntas y planteamientos.
Fin a la incertidumbre salarial
Según el editorial que publicó el martes el diario Expansión, el acuerdo supone un “conveniente fin a la incertidumbre salarial”, que incidía, sin embargo, que, frente al pactado 1%, “la subida salarial media hasta el pasado mes de abril era del 0,7%, mientras que los acuerdos de empresa firmados hasta ahora conllevan un incremento promedio del 0,58%”. Este medio también valora la referida fórmula de “garantía salarial”, que, según el editorial, “introduce una cierta volatilidad en la planificación de los costes laborales de las empresas” y añade: “no hay que olvidar que la intensa caída de los precios iniciada a finales del año pasado por el desplome de la cotización del petróleo provocará el llamado efecto escalón en el IPC a partir del segundo semestre. Esto es, un crecimiento artificial del indicador a partir de entonces que hará más factible alcanzar el nivel de precios a partir del cual las empresas quedarían obligadas a realizar nuevas subidas adicionales a las ya pactadas, lo que a su vez generaría tensiones inflacionistas”. En línea con las también declaraciones de Rosell, el diario El Economista señala, mientras, que esta cláusula es “simbólica”. Según las fuentes de este diario, la propia dirección patronal “justifica esta aceptación de la cláusula de garantía con el argumento de que ‘no se van a superar estas previsiones’.
Por su parte, el diario ABC mantiene que este acuerdo “servirá como referencia para los negociadores de los convenios colectivos, que a partir de ahora podrán desbloquear el proceso de diálogo que acumula una importante paralización desde el comienzo del año pasado”. De hecho, este diario añade: “la falta de acuerdo ha provocado que los trabajadores cubiertos por convenios colectivos firmados en el primer trimestre del año sean la mitad que en el mismo periodo de 2014”.
Según los datos recogidos por Cinco Días, en lo que va de año, “los convenios firmados o revisados afectan a un total de 2.413.000 asalariados, un 21% menos que los trabajadores que ya tenían sus condiciones pactadas en los mismos meses del año pasado. Este menor número de trabajadores con sus condiciones pactadas se ha producido a pesar de que han firmado un 17% de convenios más porque cada pacto afecta a menos personas”.