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Riesgos y medidas preventivas en trabajos de jardinería
Dpto. de Prevención de CEN
Los trabajos desarrollados por una empresa de jardinería implican una serie de riesgos laborales específicos que están asociados a las tareas que se realizan: ejecución, mantenimiento y conservación de zonas verdes, limpieza y desbroce de jardines, riegos automáticos, limpieza y repoblación forestal, asistencia técnica y tratamientos fitosanitarios.

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Riesgos laborales en las bodegas
Departamento de Prevención de CEN
La identificación y valoración de los riesgos existentes en los procesos de una bodega son fundamentales para establecer las medidas preventivas adecuadas con el fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. El empresario tiene, entre otras obligaciones, que llevar a cabo un plan de prevención, en función de las características de la empresa y de la evaluación de riesgos realizada.

Son obligaciones del empresario: 

• Llevar a cabo un plan de prevención, en función de las características de la empresa y de la evaluación de riesgos realizada. Desarrollar un seguimiento permanente de la actividad preventiva, con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de riesgos.

• Constituir una organización y dotarla de medios para llevar a cabo las actividades preventivas.

• Garantizar la vigilancia médica periódica en función del riesgo laboral.

• Informar y formar a los trabajadores en los riesgos generales y específicos existentes en la empresa, así como en la prevención de los mismos.

• En función de las características de la empresa, adoptar un plan de emergencia y primeros auxilios.

• Consultar y dar participación a los trabajadores, en todo lo que tenga relación con la salud laboral de los mismos.

• Elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral, la documentación que indica la ley.

• En caso de riesgo grave e inminente, adoptar las medidas necesarias para que los trabajadores puedan interrumpir su actividad y abandonar, si fuera necesario, el lugar de trabajo.

Son obligaciones del trabajador:

• Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

• Cumplir con las órdenes e instrucciones relativas a la prevención y protección de riesgos.

• Informar de inmediato sobre las situaciones que, a su juicio, entrañen riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.

• Utilizar correctamente las herramientas y medios con los que desarrollen su actividad, los medios y equipos de protección personal, así como los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen, relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que desarrolle la misma.

• Comunicar al empresario las situaciones de salud incompatibles con su trabajo.

El incumplimiento por parte de los trabajadores de estas obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, se considerará como incumplimiento laboral, regulado en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Los principales riesgos en las tareas realizadas en una bodega y sus medidas preventivas son:

• Caídas al mismo o distinto nivel en la descarga del producto a la tolva de recogida, en el acceso a los diferentes depósitos y en el uso de escaleras y plataformas.

- Únicamente se posibilitará el acceso a los depósitos a trabajadores  cualificados.
- La tolva tiene que tener un sistema de enrejado.
- Se utilizarán cinturones de seguridad cuando la protección colectiva no se elimine el riesgo.
- Se utilizarán sistemas de parada automática.
- El perímetro tiene que estar protegido mediante barandillas.
- Se debe mantener el orden y limpieza evitando sobre todo zonas de  paso mojadas.
- Se señalizarán los riesgos.

• Riesgo mecánico producido por máquinas, herramientas u otros objetos que pueden dar lugar a atrapamientos, golpes y cortes producidos por sus elementos móviles (prensadora, despalilladora, estrujadora).

- Todas las máquinas deberán estar provistas de protección en sus partes   móviles y en sus elementos activos para evitar un riesgo de contacto eléctrico.
- Se debe realizar un mantenimiento correctivo y preventivo de las máquinas
- No se cogerá ningún instrumento de trabajo con las manos mojadas.

• El riesgo más característico de esta actividad producto de la fermentación del vino es la producción de CO2 o gas carbónico que se concentra en las zonas más bajas de las instalaciones y de los depósitos.

- Utilización de sistemas de detención y alarmas que midan las concentraciones en los locales interiores.
- Ventilar el lugar de trabajo antes del acceso.
- Señalizar la presencia de CO2 durante el proceso de fermentación en los accesos.
- Utilización de equipos específicos para  detectar la concentración de CO2 y O2 antes de acceder a las zonas consideradas como espacios confinados.
- Prohibir la realización de trabajos en solitario.
- Utilizar los equipos de protección adecuados.

• Exposición a productos químicos como son el anhídrido sulfuroso, sosa caústica, metabilsulfito de potasio.

- Se deberán utilizar equipos de protección individual como gafas ajustadas, pantalla facial o protección ocular y además protección respiratoria con filtros específicos.
- Se dispondrán de fichas técnicas y de seguridad de los productos químicos.
- Se señalizarán las zonas peligrosas.

• Exposición al ruido durante el funcionamiento de la máquina prensadora y embotelladora.

- Se instalarán barreras absorbentes del ruido.
- Utilización de protectores auditivos adecuados.
- Se realizarán reconocimientos médicos periódicos en los trabajadores expuestos al ruido.

Fuentes

- Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, www.funprl.es.
- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, www.insht.es.
- Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 

 

El contenido de dicha publicación es responsabilidad exclusiva de la entidad ejecutante y no refleja necesariamente la opinión de la FUNDACIÓN de prevención de riesgos laborales.

Arantxa Fernández
Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales de CEN

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