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La figura del mediador en conflictos laborales
Dpto. de Prevención de CEN
En algunas ocasiones, en las empresas surgen situaciones de conflicto que necesitan de una intervención más directa y personal hacia el trabajador. Estas situaciones no pueden ser abordadas directamente con medidas preventivas que vienen promovidas por evaluaciones de riesgos, cuestionarios psicosociales, etc., sino que es un problema real que está ahí y que hay que solucionar, la mayor parte de las veces en el menor tiempo posible.

 
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La mediación en las organizaciones
"Parece que, en el mundo de la empresa, hablar de sentimientos y emociones no queda bien"
 
Magaly Marrodán, mediadora y presidenta de AMEDENA
 
"Parece que, en el mundo de la empresa, hablar de sentimientos y emociones no queda bien". Sin embargo, las emociones son las que subyacen y, "si no las abordamos, no vamos a solucionar las situaciones de conflicto", que, por lo tanto, no son más que "la punta del iceberg". Así lo lamentó la presidenta de la Asociación de Mediadores y Mediadoras de Navarra (AMEDENA), Magaly Marrodán, durante su intervención en la jornada "La mediación en las organizaciones", que organizaron la Confederación de Empresarios de Navarra y la consultora Talentix, el pasado 27 de noviembre.





Mediaciķn en las organizaciones
“El mediador debe tener madurez personal y profesional”
Magaly Marrodán

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La sesión estuvo introducida por el socio director de Talentix, Eduardo Hualde, que explicó el concepto de conflicto, generalmente asociado a la “lucha”. Según este, “tradicionalmente, se percibe el conflicto como algo dañino, y, por eso, se evita”. Sin embargo, el conflicto también es un “proceso natural” que, sabiéndolo abordar “de una manera constructiva y no violenta”, puede tener un resultado positivo, con “nuevas formas de entendernos” y ayudando a la “maduración del grupo”. Así, en un conflicto, se pone también en valor “la diversidad” entre las partes e incluso puede resultar una “forma de aprendizaje”.

En concreto, el cómo se afronta un conflicto, “depende de cómo cooperamos y de cómo somos de asertivos”, añadió la mediadora Magaly Marrodán, que explicó “la resolución de conflictos de manera colaborativa”. Para ello, es necesario una “máxima asertividad” de las partes: “decir las cosas” y poner los intereses encima de la mesa para, desde la máxima cooperación, que ambas partes ganen. 

¿Qué es y qué no es mediación?

Marrodán también puntualizó que “la mediación no es un arbitraje”, ya que “aquí no es un árbitro el que toma una decisión”, sino que son las propias partes las que generan alternativas y dan con la solución. “Tampoco es una negociación”, aclaró, ya que, en las negociaciones, las partes buscan el acuerdo sin una parte imparcial que les ayude. Según la presidenta de AMEDENA, la persona mediadora es una “profesional con cualificación y formación específica”, que busca, “a través de un proceso fuera de los juzgados, voluntario y confidencial, posibilitar la comunicación entre las partes y que plasmen sus intereses comunes en un acuerdo viable y estable”.

Aunque Marrodán también advirtió de que “no todo es mediable”, aseguró que, ante un conflicto, el mediador abre “vías de comunicación constructiva”, en un “clima de colaboración y respeto mutuo”, para que las partes “puedan hablar de sus diferencias y problemas, así como de los sentimientos y emociones que subyacen”. De esta forma, además de “facilitar espacios de diálogo pacíficos”, también se disminuyen los costes asociados al conflicto, “que son muchos”. Por ejemplo, Marrodán advirtió de la pérdida de productividad que supone un conflicto mal resuelto, además de las discusiones, la rumorología, la falta de motivación e incluso el absentismo que puede generar el conflicto en el seno de la empresa.

Una alternativa al proceso jurisdiccional

Acerca del marco regulatorio de la mediación, y entendida esta como una alternativa al proceso jurisdiccional para la resolución de conflictos, la jornada también contó con la intervención de la magistrada del juzgado de primera instancia nº3 de Familia de Pamplona, Margarita Pérez-Salazar, que reconoció que, desde los tribunales, existe cierta “insatisfacción” porque “la resolución de una sentencia no significa poner fin a un conflicto”. Esto se percibe especialmente en los tribunales de Familia y es en este ámbito donde ha sido pionera la derivación de casos a la mediación.

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En el ámbito legal, fue hace más de dos años, cuando surgió la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que, “aunque no se refiere a la mediación familiar, el sistema que establece se basa en la experiencia que lleva desarrollándose en este ámbito”. La norma, según reconoció Pérez-Salazar, “plantea un momento de inflexión importante”, ya que, hasta entonces, era como si “la mediación estuviera reservada para cuestiones que se entendían como menores”. En cambio, ahora, la mediación es “un instrumento jurídico y planteable”, señaló la magistrada.

También explicó que, desde la aprobación de la norma, se han ido estableciendo protocolos, para la derivación de asuntos a procesos de mediación. En Navarra, Pérez-Salazar, puso el ejemplo del Convenio de Colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra en Materia de Mediación Civil y Mercantil (descargable aquí). La magistrada reconoció que todavía queda mucho camino por recorrer, ya que “estamos acostumbrados que, ante un conflicto, se plantee una denuncia”. Esta también añadió, desde la perspectiva judicial: “la mediación no es un tema de quitarse trabajo de encima. No es un tema de cantidad, sino de calidad en la respuesta”.

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