Los trabajadores con relaciones de trabajo temporal o de duración determinada, así como los contratados por Empresas de Trabajo Temporal, deben disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios.
La Organización Internacional del Trabajo celebra todos los años el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el trabajo el 28 de abril, con el fin de promover la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades en todo el mundo.
Se trata de una campaña de sensibilización, cuyo objetivo es centrar la atención a nivel internacional sobre las nuevas tendencias en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo y sobre la magnitud de las lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con el trabajo siendo el lema de este año:” Únete a la construcción de una cultura de la prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo”.
Se orienta a la participación activa de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores para asegurar un medio de ambiente de trabajo seguro y saludable a través de un sistema de derechos, responsabilidades y deberes definidos y la atribución de la máxima prioridad al principio de prevención.
La cultura preventiva es el conjunto de actitudes y creencias positivas compartidas por todos los miembros de una empresa sobre salud, riesgos, accidentes enfermedades y medidas preventivas que deben existir. No solo implica la intención de cumplir con la ley sino también el compromiso de trabajar eficazmente para mejorar las condiciones de trabajo desde el punto de vista de la seguridad.
La Ley 31/ 1995 de Prevención de Riesgos Laborales aportó una nueva concepción de la seguridad y salud en el puesto de trabajo, su aplicación supone la implantación de una cultura de prevención en todos los niveles de la empresa y así lo establece también el Reglamento de los Servicios de Prevención cuando nos indica que la prevención es una actuación a desarrollar en el seno de la empresa, integrándose en el conjunto de sus actividades y decisiones, tanto en los procesos técnicos, en la organización del trabajo y en las condiciones en que este se preste, como en la línea jerárquica de la empresa, incluidos todos los niveles de la misma.
Posteriormente, la Ley 54/2003 de 12 de diciembre, refuerza esta obligación de integrar la prevención de riesgos laborales en la gestión de la empresa a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.
El empresario tiene un papel fundamental, en la difusión de la cultura preventiva en la empresa, que asegure conductas y hábitos de trabajo seguros. Este compromiso debe manifestarse por escrito y así hacer partícipes a los trabajadores de:
•Alcanzar un alto nivel de seguridad en el trabajo cumpliendo con la normativa vigente.
•Desarrollar, aplicar y mantener un modelo de gestión de prevención para la mejora de las condiciones de trabajo donde se establezca la estructura de organización de la prevención.
•Fomentar la integración en el conjunto de actividades y decisiones.
•Investigar la existencia de riesgos psicosociales e implantar medidas para su detención, prevención y eliminación.
•Garantizar la participación e información de los trabajadores, pudiendo hacer estos efectivo el derecho a consulta en cuestiones de salud y seguridad.
•Exigir el cumplimiento de la normativa a proveedores, subcontratas.
•Realizar auditorías para verificar el cumplimiento y la efectividad de la política preventiva establecida.
•Fomentar la implicación de los trabajadores en el diseño y ejecución de la política de prevención.
Para implantar un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales es imprescindible que en la empresa se haya inculcado previamente una cultura preventiva y debe de tener las siguientes características:
•Integralidad: Las medidas que se tomen se valorarán sobre el conjunto de la empresa para estudiar las ventajas e inconvenientes respecto a los objetivos fijados
•Globalidad: Se describirán todas las actividades de la empresa.
•Oportunidad: las acciones que se realicen deberán hacerse en el momento adecuado, para que tengan la efectividad deseada.
•Eficiencia: Los objetivos en la gestión se establecerán valorando los problemas que hayan surgido.
•Cuantificación: Es necesaria para evaluar la consecución de los objetivos establecidos.
•Periodicidad: deberá ser revisado, lo que permitirá evaluar los éxitos obtenidos y corregir los defectos y las desviaciones.
Para que el sistema de gestión pueda ser integrado en la organización es necesario que exista un compromiso a todos los niveles, una comunicación eficaz que permita el conocimiento por parte de los trabajadores de todas las medidas que se adopten, y su participación en decisiones que afecten a sus condiciones de trabajo.
Fuentes
-Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, www.funprl.es.
-Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, www.insht.es.
-Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
El contenido de dicha publicación es responsabilidad exclusiva de la entidad ejecutante y no refleja necesariamente la opinión de la FUNDACIÓN de prevención de riesgos laborales.