A través del tiempo, la seguridad química ha sido una de las áreas que más se ha desarrollado en el campo de la seguridad y la salud en el trabajo, sin embargo, aun cuando en los últimos años se ha logrado un avance importante respecto a la normativa y la gestión de los productos químicos se debe continuar haciendo esfuerzos para minimizar los efectos negativos del uso de sustancias químicas peligrosas.
La Confederación de Empresarios de Navarra (CEN) y el Colegio de Graduados Sociales de Navarra organizaron, el pasado 9 de abril, una jornada acerca de la intervención de las mutuas en las bajas médicas, con una charla a cargo del Director Territorial Norte de Mutua Fraternidad-Muprespa, José Ignacio Díaz Lucas.
Ley de Mutuas El alta presunta es el aspecto más importante de la ley de mutuas José Ignacio Díaz Lucas
Díaz Lucas aportó algunas valoraciones acerca del anteproyecto de Ley de Mutuas que prepara el Gobierno. Según dictaba el anteproyecto que en diciembre se remitió a los agentes sociales, con la nueva norma las mutuas emitirán el alta en las incapacidades por contingencias comunes y, en el caso de que el servicio de salud no responda en un plazo de cinco días, se dará el “alta médica presunta”, que el trabajador a su vez podría también impugnar. En la actualidad, el “silencio administrativo” no confirma el alta. Sin embargo, una información de la agencia Colpisa desmentía que este “silencio positivo” fuera a llevarse a cabo finalmente en la nueva ley.
Sin embargo, el representante de Fraternidad-Muprespra aseguró que si el Gobierno acaba echando para atrás esa iniciativa, “la ley se quedaría coja”. De hecho, aseguró que estas “reticencias” acerca de un mayor control de las mutuas no tienen fundamento, ya que, como defendió, “los médicos de una mutua son igual de médicos que los del servicio de salud”, y “aunque tengan una visión distinta, no es contrapuesta”.
En este sentido, Díaz Lucas consideró que “tenemos un gran sistema público de salud, con médicos perfectamente formados para curar”, aunque “no para realizar la gestión y el control económico de los procesos de incapacidad temporal (IT)”. Por el contrario, el ponente incidió en los beneficios del control de la incapacidad por parte de la mutua, ya que “garantiza una adecuada recuperación del estado de salud del trabajador en el menor tiempo posible” y supone una “reducción de los tiempos inútiles” del proceso.
Por ejemplo, y de cara a la agilización de la IT, el director de la zona norte de Fraternidad-Muprespa explicó las ventajas de que las mutuas puedan llevar a cabo adelantamiento de pruebas. Un aspecto que, aunque ya se está haciendo, todavía se encuentra en un “vacío legal”. Sin embargo, según el anteproyecto, “en la nueva ley, esto estaría ya reglamentado, de modo que las mutuas podrán citar desde el primer día de la baja, así como realizar tratamientos terapéuticos, quirúrgicos o rehabilitadores”, con el único requisito de contar con el consentimiento del trabajador y la autorización del Servicio Navarro de Salud.
El 72% de las empresas gestiona con las mutuas sus contingencias comunes
Díaz Lucas aprovechó la sesión para referirse a la historia de las mutuas, que, desde su origen a principios del siglo XIX, responden a asociaciones de empresarios que comparten y asumen el riesgo mutuamente para afrontar los costes de un accidente laboral. Hasta 1932, el aseguramiento no era obligatorio y “ocurría que muchas empresas pasaban por apuros económicos y no tenían opción de pagar una indemnización por el fallecimiento de un trabajador, y, por lo tanto, la familia se quedaba sin cobrar”.
Otros hitos fueron, ya en los años noventa, cuando se fueron incorporando nuevas y prestaciones al ámbito de las mutuas, no sólo en accidentes de trabajo, también en prestaciones por contingencias como el cuidado de niños con enfermedad grave o el riesgo por embarazo. Según Díaz Lucas, estas nuevas competencias se fueron dando porque “el Gobierno se daba cuenta de que la gestión de las mutuas es razonablemente buena”. A su vez, estas mayores coberturas han llevado a que actualmente el 72% de las empresas gestionen sus procesos de contingencias comunes a través de las mutuas.
Las mutuas, por tanto, son “asociaciones de empresarios, que son los dueños de la mutua, y que colaboran con la Seguridad Social, en una gestión completa”, que va desde el accidente de trabajo o incapacidad temporal por contingencia común hasta el alta o incluso la prestación por incapacidad permanente. “La mutua no tiene ánimo de lucro”, aseguró también Díaz Lucas, que añadió: “cuando tiene resultado positivo, no revierte en beneficios para los empresarios, pero que si tiene pérdidas, tiene una responsabilidad mancomunada de sus riesgos”. Desde el año 2005, la contabilidad de las mutuas está integrada bajo la tutela de la propia Seguridad Social, derivando poco a poco en “intervencionismo”, tal y como explicó el experto.