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Modificación de la normativa del Banco de España para impulsar el crédito en las pymes
 
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Circular 3/2008 del Banco de España
Sólo 20.000 empresas se beneficiarán de la nueva definición de PYME establecida por el Banco de España para facilitar el crédito
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Nota CEOE

Tan sólo 20.000 empresas españolas podrán beneficiarse de la nueva definición de PYME establecida por el Banco de España para facilitar el crédito a empresas, así lo pone de manifiesto una nota de análisis de CEOE, que se refiere a la nueva concepción de PYME que van a manejar los bancos españoles de cara a las concesiones de créditos, conforme a la Circular 3/2008 del Banco de España.

En el sistema financiero, condicionado por la nueva regulación proveniente de las normas de Basilea, los créditos a PYME (cumpliendo determinadas características) tienen una ponderación por riesgo menor que los concedidos a una gran mayoría del resto de empresas. Ello conlleva que las entidades financieras tengan que dotar menos cantidad de capital como contrapartida al préstamo concedido.

Sin embargo, el pasado 12 de octubre, el Boletín Oficial del Estado publicó una circular del Banco de España modificando la definición de PYME utilizada para determinar estos requerimientos de recursos propios por riesgo de crédito. En concreto, utiliza como referencia la recomendación de la Comisión Europea 2003/361, en vez de la utilizada hasta entonces del Plan General de Contabilidad.

“La definición recomendada por la Comisión Europea es más amplia que la utilizada hasta el momento, ya que, por ejemplo, extiende el concepto de PYME de empresas con un máximo de 50 empleados hasta empresas que no superen los 250 trabajadores”. Por tanto, este aumento del umbral para ser considerado como una PYME permitirá que un mayor número de empresas puedan beneficiarse del mejor tratamiento previsto para las PYME (pasando de la categoría de “empresa” a la de “minorista”) en la evaluación del riesgo. Así, CEOE añade: “las entidades financieras tendrán más incentivos para concederles un crédito a estas empresas, ya que las exigencias de recursos propios serán menores”.

Por otra parte, la nueva definición de PYME, aunque amplía el espectro de 50 a 250 trabajadores, deja fuera a aquellas que excedan un volumen de negocio de 50 millones y las que tengan una exposición con el banco superior a un millón de euros. De esta forma, con el cambio en la definición, las empresas potenciales de recibir un mejor tratamiento en el acceso de la financiación sólo van a ser, como máximo, unas 20.000, tal y como advierte CEOE. Es decir, las empresas de 50 a 250 trabajadores potencialmente beneficiadas por la medida son tan sólo 20.108, lo que representa un mero 0,63% del total de las empresas.

A pesar de ello, CEOE reconoce que esta iniciativa del Banco de España para apoyar la financiación de las PYME complementa otra de las medidas del Gobierno  en este ámbito. En concreto, se refiere a la disposición adicional decimocuarta (sobre requisitos de capital aplicables a las PYME) de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización sobre requisitos de capital aplicables a las PYME. Dicha disposición implica una reducción directa del 23,81% en los requerimientos de recursos propios para aquellas operaciones al corriente de pago con clientes cuya facturación no supere los 50 millones de euros y cuya exposición (no hipotecaria residencial) no excede los 1,5 millones de euros.

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