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Dpto. de Prevención de CEN
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Principios de la acción preventiva
 
Dpto. de Prevención de CEN
 
Los principios de la acción preventiva deberán constituir la base de partida de una cultura de empresa encaminada a proteger la salud de los trabajadores y reconocer el valor de las personas como uno de los puntos clave del éxito empresarial.

La gestión de la prevención en la empresa es la clave de cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Independientemente del contenido de las obligaciones que prescribe la normativa, unos más concretos y otros más generales, la naturaleza de su cumplimiento hace que recaiga en la persona del empresario y del trabajador.

En este sentido, es requisito indispensable la concienciación sobre la importancia de la normativa, porque su cumplimiento no se va a asumir con una acción concreta que quedará después debidamente archivada, sino que es una actitud que se prolonga en el tiempo, mientras dure la actividad empresarial y se basa en unos principios fundamentales. Precisamente, dicha actitud es la base del instrumento que permite a la empresa, como conjunto que forman los trabajadores, los mandos intermedios, la dirección y el accionariado, cumplir con la normativa y evitar accidentes o minimizar sus consecuencias.

Se trata de promover una cultura de seguridad y salud que asegure comportamientos y hábitos de trabajo seguros. Esto solo se logrará a través de un compromiso activo y continuo de la dirección, quien, a través de su comportamiento habitual y su práctica de gestión, habrá de comunicar y documentar de forma eficaz las ideas y las acciones establecidas.

Para llevar a cabo todo esto, la dirección deberá redactar una declaración escrita, clara y concreta, en la que se reflejen los principios y compromisos en esta materia.

Los principios de la acción preventiva deberán constituir la base de partida de una cultura de empresa encaminada a proteger la salud de los trabajadores y reconocer el valor de las personas como uno de los puntos clave del éxito empresarial.

Por tratarse de unos principios y compromisos que afectan a toda la organización, deben ser divulgados a sus miembros para constituir un punto fundamental de autoexigencia, pudiendo también llegar a otros estamentos externos, como clientes y proveedores.

Aspectos esenciales de declaración de principios

• La importancia de las personas y sus condiciones de trabajo para el desarrollo de la empresa, así como su necesaria implicación en el proyecto empresarial.

• La mejora continua de las condiciones de trabajo y de todos los ámbitos de actuación de la empresa.

• La integración de la prevención en la estructura y en las actividades cotidianas, y la responsabilidad asumida en su correcta gestión.

• La participación de los trabajadores en decisiones que afecten a sus condiciones de trabajo.

• La información y formación de los trabajadores.

• La profunda interrelación entre lo que debe entenderse por trabajo bien hecho (calidad de producto, servicio y procesos) y unas condiciones de trabajo seguras y dignas.

Este conjunto de principios deberá reflejar, fundamentalmente, los valores éticos de la empresa en su compromiso con las personas que la constituyen y con la sociedad.

Algunos emanan del artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, pero también pueden establecerse otros para reflejar la concepción de empresa que la dirección, en su máximo nivel, desee asumir en el presente o en el futuro.

Por su generalidad, los principios deberán ir acompañados de los compromisos necesarios que permitan llevarlos a término. Como muestras de compromiso, se podrían indicar los siguientes:

• Todos los miembros de la empresa estarán implicados en actividades preventivas para evitar daños personales y materiales, de acuerdo con las funciones establecidas al respecto.

• Se dispondrá de los recursos y los procedimientos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades preventivas.

• Cualquier modificación o cambio sustancial que pueda afectar a las condiciones del puesto de trabajo será consultado a los trabajadores.

• El personal con mando realizará obligatoriamente actividades preventivas básicas tales como investigación de accidentes/incidentes, revisiones y observaciones periódicas de los lugares de trabajo y elaboración y revisión de procedimientos de trabajo, además de otras actividades que específicamente se le encomienden.

• Se dispondrá de un plan de capacitación y entrenamiento de los empleados en las tareas que realicen. A tal efecto, se desarrollará una formación inicial para toda persona que se incorpore a un puesto de trabajo y una formación continua que permita realizar en todo momento las tareas de forma correcta.

Evidentemente, esta declaración escrita se acompañará de un conjunto de actuaciones que tanto la dirección como los demás miembros de la estructura jerárquica deberán realizar para ser coherentes y cumplir con dichos compromisos. Se trata de lograr que todos los empleados perciban la voluntad de la empresa, lo que resulta fundamental para favorecer comportamientos positivos.

Principios de la acción preventiva

El artículo 15 de la LPRL de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales fija un conjunto de principios que los empresarios han de adoptar y que deben guíar la selección de medidas preventivas.

1. Evitar los riesgos.

2. Evaluar los riesgos que no se pueden evitar.

3. Combatir los riesgos en su origen.

4. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras en particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.

6. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.

7. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

8. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

9. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Fuentes

- Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, www.funprl.es.

- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, www.insht.es.

- LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Beatriz Remón
Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales de CEN

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