CEN, Mutua Navarra, Prevención Navarra, Thomson Reuters Aranzadi y el Gobierno de Navarra organizaron el pasado 25 de octubre una jornada acerca de "Cómo se determinan las responsabilidades empresariales en materia preventiva". Expertos analizaron el tema desde la perspectiva civil, administrativa y penal.
El curso "Cómo facilitar la participación e implicación del directivo en la gestión de la prevención de riesgos laborales", organizado por la Confederación de Empresarios de Navarra (CEN), Prevención Navarra y Mutua Navarra, dio comienzo el pasado lunes, 7 de noviembre.
En la primera sesión, la gestora de Prevención Navarra, Inmaculada Martín, abordó, en una sesión introductoria, todo lo relacionado con la estrategia, los objetivos y la planificación en esta materia que el directivo debe dominar. Por ejemplo, ésta se refirió a la “mejora continua” de la gestión de riesgos, a través del ciclo PDCA, cuya duración “ideal” es anual, según la técnico.
Según esta teoría el directivo debe pasar por distintas fases a la hora de implantar la prevención de riesgos en su organización. En primer lugar (fase “P”), debe planificar. Una fase, remarcada en la propia Ley 31/95, de Prevención, que comienza por evaluar los riesgos de la empresa.
Esta evaluación debe llevarla a cabo un profesional competente, y como resultado de ella han de plantearse distintas medidas preventivas. Estas medidas deberán tener un responsable y estar presupuestadas, y así es como se conforma un “documento de planificación preventiva”, tal y como explicó Martín.
La segunda fase del ciclo es la de actuar (la fase “D”, en referencia al verbo inglés to do) y de aplicar los procedimientos planteados durante la planificación. Después, la tercera fase (la “C”) es la del control, por ejemplo, a través de auditorías externas. En este sentido, Martín informó de que las empresas que, en función de sus riesgos, sean calificadas como “peligrosas”, tienen que pasar estas auditorías cada dos años (cuatro, para el resto).
Por otra parte, las empresas que tuvieran contratado un Servicio de Prevención Ajeno (el 75%, según indicó Martín) no tienen por qué someterse a estas auditorías externas de forma obligatoria, si bien, a partir de 2006, el servicio ajeno deberá evaluar obligatoriamente si la prevención está integrada en la empresa.
Por otra parte, la técnico de Prevención Navarra se refirió a las auditorías voluntarias a las que puede someterse cualquier empresa, por ejemplo, de cara a reforzar su prestigio de marca. Por ejemplo, una de las normas a las que puede someterse la empresa es la OHSAS 18.0001, que viene a ser como las normas ISO que se aplican a los aspectos de Calidad o Medio Ambiente.
Integración de la prevención de riesgos en la empresa
La integración de la prevención de riesgos en la empresa conlleva que esta materia no sea un departamento aislado dentro de la organización, sino que el conjunto del organigrama de la empresa tenga asignadas funciones y responsabilidades en materia de prevención para cada uno de la empresa. Para ello, deberá contar necesariamente con el compromiso de los mandos.
En este sentido, Martín recordó que “el directivo toma decisiones en base a los datos aportados por su equipo”. Por este motivo, la técnico reiteró la importancia de que “cada empresa diseñe la información a reportar a su dirección, en base a cuestiones como el nivel de riesgo que tiene la empresa o la influencia de las decisiones de la gerencia acerca del nivel de seguridad y salud de los trabajadores”.