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El seminario de CEN sobre novedades laborales se centra en el despido objetivo individual
El presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, Miguel Azagra, repasó la normativa en esta materia
La Confederación de Empresarios de Navarra (CEN) organizó, el pasado 20 de octubre, una nueva sesión de su seminario de novedades laborales, dirigido por el catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Rey Juan Carlos, Guillermo Barrios. En esta ocasión, intervino el presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja, Miguel Azagra, que analizó las últimas cuestiones en torno al despido objetivo individual.

 
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"La contratación laboral: cuestiones actuales"
CEN repasa las distintas reformas relativas a la contratación
 
El encargado de analizar esta materia fue el catedrático de la Universidad Politécnica de Cartagena, José Luján
 
La Confederación de Empresarios de Navarra (CEN) organizó, el pasado 5 de noviembre, la jornada "La contratación laboral: cuestiones actuales", que estuvo impartida por el catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Politécnica de Cartagena, José Luján.





Contrataciķn laboral
“De cada cuatro trabajadores, uno es temporal”
José Luján

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En su exposición, Luján afirmó que “vivimos en una reforma laboral permanente”. Así, el académico repasó las distintas reformas llevadas a cabo por los distintos gobiernos. De hecho, explicó que, “desde el año 80, hasta la reforma del año 2012 (Ley 3/2012), el Estatuto de los Trabajadores se ha modificado en 52 ocasiones”, lo que da muestra de que, “si nuestro modelo de relaciones laborales está en una revisión constante, alguien se está equivocando mucho”, apuntó el experto. Y es que, ya desde los años ochenta, “existía el debate de la flexibilidad”, considerándose demasiado rígida la estructura de las relaciones laborales, e incidiendo en la necesidad de que la legislación se adaptase a la realidad de las empresas.

“El legislador unas veces decide potenciar unos contratos en detrimento de otros”, explicó Luján, apuntando que, para ello, existen dos tipos de estímulos: los internos (que reforman la “relojería jurídica” inherente al contrato, como puede ser la cuantía de la indemnización o el establecimiento de un periodo de prueba) y los externos (que incentivan económicamente un contrato, bien con subvenciones o con bonificaciones a la Seguridad Social).

La temporalidad, un problema estructural

El catedrático también expuso el panorama actual del mercado laboral español, que, según los datos de la Encuesta de Población Activa, cuenta con 10.861.100 trabajadores a tiempo indefinido y 3.552.100 a tiempo parcial. Es decir, “de cada cuatro trabajadores, uno tiene contrato temporal”. En cambio, si se atiende a la contratación registrada, a lo largo del año 2013, se registraron un total de 14.802.381 contratos, de los cuales, tan solo 728.986 eran indefinidos.

Las cifras, por tanto, reflejan que la contratación sigue siendo mayoritariamente temporal, lo que define un problema “estructural”, tal y como aseguró Luján, que relató: “en la reforma del año 84, se decidió postergar el apoyo a la contratación indefinida y echar todo el potencial a promocionar el contrato temporal. La temporalidad que sufrimos viene de aquel momento, por lo que, tal y como se ve, ese no fue el camino adecuado”. El experto señaló que, de esta forma, nace el problema de la dualidad del mercado laboral: “trabajadores fijos sobreprotegidos y, el resto, expuesto a tener que concertar sus relaciones de trabajo de manera temporal”.

Para paliar estos efectos, surgieron reformas, como la del año 2006, con “incentivos perfectamente identificados” para fomentar el empleo indefinido. Por ejemplo, se otorgó una nueva redacción al artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, estableciéndose que “los trabajadores que un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses para el mismo puesto de trabajo en la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, adquirirán la condición de trabajadores fijos”.

Sin embargo, al año siguiente, estalló la crisis económica y el legislador “volvió a hacer una legislación de aluvión, basada en ensayo y error”. Así, se llevaron a cabo distintas medidas que, aunque se decían que era de apoyo al contrato indefinido, abrían puertas al temporal. De hecho, aunque se crearon nuevas fórmulas como el contrato de fomento al empleo indefinido de la reforma del año 2010 (que ya entonces contemplaba una indemnización por despido de 33 días por año trabajado) o el contrato de fomento de 2012, ninguna de las fórmulas llegó a cuajar.

Desde el inicio de la crisis, tal y como narró Luján, se han llevado a cabo distintas políticas de empleo. Algunas, como las del Real Decreto 4/2013, enmarcadas en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, que, según el catedrático, son como “las chuches”, con “un envoltorio muy bonito”, pero que, en la práctica, apenas se han utilizado. Por ejemplo, se establecieron reducciones de hasta el 100% (que equivalían a un “gratis total”) en la cuota de contingencias comunes por la contratación de jóvenes desempleados menores de 30 años. Más recientemente, se aprobó el Real Decreto-ley 8/2014, que recoge las orientaciones del Sistema Nacional de Garantía Juvenil europeo, que pretende que todo joven estudie o trabaje en un plazo máximo de cuatro meses.

Otra vía por la que ha apostado es el Gobierno es el “fomento del emprendimiento”, aunque, en este sentido, Luján llamó a ser muy cautos, ya que “vender que el emprendimiento es la alternativa a un modelo de contratación laboral que no tiene salida me parece peligrosos. Sobre todo, porque se están creando expectativas”. Especialmente, tal y como advirtió este, “cuando hay jóvenes que están comprometiendo patrimonio propio y familiar y, al cabo de los meses, se frustran porque la economía no se ha desarrollado como esperaban”. Según el catedrático, “el emprendimiento es una alternativa en su justa medida”, pero no es la panacea para acabar con el desempleo en España.

¿Contrato único?

Frente a este problema estructural de la temporalidad, algunas voces han reclamado el fomento de un “contrato único” en el marco laboral. A este respecto, Luján considero que esta es una medida “poco realista, por lo menos, en un modelo productivo español”, en el que la temporalidad tiene cabida en sectores muy estacionales, como puede ser el de la hostelería.

Dicho esto, Luján se preguntó “¿de dónde viene el problema del abuso de la contratación temporal?”. Según él, no está en la regulación normativa (aunque sí reconoció que determinadas políticas de empleo han generado inseguridades y contradicciones) ni en la interpretación judicial. En cambio, el catedrático sí que denunció el fraude en la contratación temporal, así como los “desmanes” también en las propias Administraciones. “¿Quién controla esto?”, cuestionó el catedrático, que sí que incidió en que, por ejemplo, en Alemania hay, en términos relativos, el triple de inspectores de trabajo que en España.

José Miguel Montes
Responsable de Comunicación de CEN

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