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Participación de los trabajadores
 
Dpto. de Prevención de CEN
 
La participación de los trabajadores en el diseño, implantación y seguimiento del sistema de prevención de riesgos laborales es condición esencial para que éste sea eficaz y dé los logros esperados.

La participación de los trabajadores es un elemento fundamental en la gestión de la seguridad y salud; la dirección no puede dar solución a todos los problemas que se plantean en este ámbito, mientras que los trabajadores y sus representantes, por su parte, cuentan con una experiencia y con un conocimiento de primera mano sobre el trabajo: cómo se efectúa y cómo les afecta. Por lo tanto, es necesaria una estrecha colaboración de los trabajadores y la dirección de la empresa para encontrar soluciones conjuntas a problemas comunes (accidentes, enfermedades, bajas médicas, absentismo, ambiente laboral conflictivo), con el fin de lograr un entorno de trabajo lo más saludable posible.

La participación de los trabajadores en el diseño, implantación y seguimiento del sistema de prevención de riesgos laborales es condición esencial para que éste sea eficaz y dé los logros esperados.

El marco reglamentario detalla una serie de requisitos en relación con el derecho de información y consulta de los trabajadores en materia de seguridad y salud laboral, y establece las vías de participación de los trabajadores a través de las actuaciones de los delegados de prevención y el comité paritario de seguridad y salud en empresas de más de 50 trabajadores, entre otros aspectos relevantes, pero es necesario que la participación vaya más allá de los mínimos legalmente establecidos y llegue a formar parte de la cultura de empresa, es decir, llegue a impregnar como algo natural los actos cotidianos de todos los miembros de la organización.

Mediante el uso de procedimientos participativos en la gestión de la prevención, la estructura empresarial y los trabajadores dialogan, comparten puntos de vista e información, debaten los problemas y adoptan decisiones conjuntamente, sin embargo, hay que tener muy claro que la plena participación no se limita sólo a la consulta; los trabajadores y sus representantes deben intervenir en la toma de decisiones.

Por ejemplo, la participación, mediante sus diversas vías de actuación, es determinante para poder intervenir y controlar con éxito los riesgos psicosociales, esos riesgos que emergen con fuerza en nuestras sociedades “desarrolladas” (falta de autonomía, trabajos rutinarios carentes de contenido, ritmos elevados, malas relaciones, etc.) y cuyos efectos nocivos, como la depresión, está siendo ya una de las causas principales de baja laboral y del elevado absentismo laboral que también padecemos.

Ventajas de la participación de los trabajadores

• La reducción de las tasas de accidentes y enfermedades.

• Una reducción de los costes y los riesgos: el absentismo y los índices de rotación de los trabajadores son menores, los accidentes más escasos y el riesgo de denuncias ante los tribunales también disminuye.

• Cuando los trabajadores intervienen en la fase de planificación de una medida, es más probable que comprendan los motivos por los que se adopta, ayuden a encontrar soluciones prácticas y asuman los resultados finales.

• Si se brinda a los trabajadores la oportunidad de participar en la configuración de sistemas de trabajo seguros, podrán asesorar, sugerir, y solicitar mejoras, facilitando así la formulación de medidas encaminadas a prevenir accidentes laborales y enfermedades profesionales de un modo oportuno y rentable.

• Un mayor prestigio entre los proveedores y otros interlocutores.

• Una mejora de la reputación en materia de responsabilidad social corporativa entre los inversores, clientes y otros colectivos interesados.

• Un aumento de la productividad: la salud de los trabajadores es mejor, y éstos están más contentos y motivados.

Recomendaciones para una correcta participación

Por parte de la empresa

• Cumplir con los requisitos mínimos legales. La organización empresarial está obligada a cumplir con los derechos de consulta y participación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos, según artículo 18 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales, sea cual sea el tamaño de la organización o la empresa, siempre es preciso consultar a los trabajadores.

• Establecer un procedimiento de consulta organizado que determine a quién se consultará, sobre qué aspectos, cuándo se realizará, de qué forma y con qué procedimiento.

• Realizar la consulta de los temas pertinentes, aspectos de la empresa en materia preventiva sobre los que se deben tomar decisiones, con la suficiente antelación y con carácter previo a la ejecución de la decisión por parte del empresario.

• Fomentar la participación de los trabajadores con independencia de la obligación legal de la organización de consultar a los representantes de los trabajadores.

• Hacer visible el compromiso de toda la estructura organizativa de la empresa, mandos intermedios, altos directivos, consejo de Administración…, en la gestión de la prevención, mediante la presencia regular de estas personas en las distintas áreas de trabajo.

• Garantizar que las cuestiones preventivas están siempre en el orden del día en las reuniones del consejo de Administración y de la alta dirección, con el objetivo de demostrar el compromiso con estos temas.

• Ofrecer formación sobre salud y seguridad a todos los directivos de la organización, con el objetivo de propiciar y promover la sensibilización y el conocimiento de la importancia de la salud y de la seguridad en el trabajo.

• Fijar una estrategia, una política y objetivos en materia de la gestión de la prevención de riesgos y supervisar los avances.

• Facilitar a los trabajadores la formación, las herramientas y los equipos necesarios en esta materia.

• Hacer partícipes a los trabajadores de las decisiones sobre salud y seguridad. La implicación continua de los empleados en la promoción y la gestión de unos procedimientos y condiciones de trabajo seguros y saludables es un marcador clave de la solidez de la seguridad y la salud en el trabajo.

• Revisar de manera minuciosa las actuaciones en materia de salud y seguridad implantadas en la empresa, al menos una vez al año haciendo que los trabajadores participen en este proceso de revisión.

• Las decisiones adoptadas tras el debate directivo de la revisión anual deben comunicarse a los trabajadores.

Por parte de los trabajadores

• Participar activamente en la gestión de la prevención de riesgos de la empresa de forma directa o a través de la figura del Delegado de prevención y del Comité de Seguridad y Salud. El uso de estos sistemas de representación es un procedimiento eficaz para expresar las opiniones de los trabajadores y para implicarse en los temas preventivos de la organización.

• Formular preguntas, plantear problemas y hacer sugerencias durante los encuentros, reuniones de equipo, sesiones de formación y entrevistas individuales con sus supervisores y directivos.

• Intervenir en actividades de participación, que pueden consistir en encuestas, sugerencias o concursos relacionados con la seguridad.

• Participar en las pruebas que se realicen, como por ejemplo, durante los procesos de selección de los equipos de protección personal.

• Notificar los accidentes, incidentes y cualquier otra situación que consideren poco segura, insalubre o peligrosa, pero aportando asimismo propuestas de mejora.

• Comentar los problemas con los representantes de los trabajadores, cuando se disponga de ellos, y participar en las actividades organizadas por estos.

• Contribuir con las noticias que se publiquen en el boletín interno de la empresa, en el caso de que exista este medio de comunicación en la empresa.

• Intervenir en la configuración del plan de prevención, esto permite a los trabajadores recomendar, sugerir y reclamar mejoras, así como ayudar a desarrollar medidas dirigidas a evitar accidentes y enfermedades profesionales.

• Realizar propuestas sobre acciones preventivas que afectan al propio puesto de trabajo (actividad, tarea, …).

Fuentes

- Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, www.funprl.es.

- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, www.insht.es.

Beatriz Remón
Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales de CEN

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