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Abierta la convocatoria para solicitar préstamos del Fondo para la Modernización del Comercio Interior
El Boletín Oficial del Estado del pasado martes, 13 de mayo, publicó la resolución de 28 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio Interior, por la que se efectúa la convocatoria para 2014 y se establece el procedimiento para la concesión de préstamos con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización del Comercio Interior.

 
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El plazo para abonar las cotizaciones por remuneraciones en especie se amplía al 31 de julio

El plazo para abonar las cotizaciones por remuneraciones en especie que introdujo el Real Decreto-Ley 16/2013 (vales de comida, de guardería, ayudas al transporte, planes de pensiones, acciones o participaciones de la compañía) “podrán ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31 de julio de 2014”.

Así lo recoge, según el diario Expansión, la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social que, aseguran, se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado. De esta forma, se amplía dos meses el plazo que dio en su día el Gobierno y responde así “a las numerosas peticiones recibidas los pasados meses de distintas empresas y sectores reclamando más tiempo para ponerse al día con estas nuevas cuotas” (generadas desde el 22 diciembre, cuando entró en vigor la norma).

Una medida muy costosa para las empresas

A pesar de esta nueva prórroga, cabe destacarse el perjuicio que ya han sufrido las empresas desde que se aprobó la norma. Por ejemplo, la obligación de cotizar por los vales de comida, que el Gobierno incluyó en el Real Decreto-Ley 16/2013, publicado el en el BOE del pasado 21 de diciembre, ya ha tenido un importante costo para el sector de la restauración, tal y como reveló, el pasado lunes, 12 de mayo, el diario Cinco Días, que ha consultado los datos de la Asociación Española de Emisiones de Vales de Comida y Otros Servicios.

Según revela el diario económico, en 2013 un total de 573.000 empleados pertenecientes a 14.564 empresas, percibieron vales de comida. Sin embargo, “el sobrecoste que supone su cotización está castigando a las empresas emisoras de estos cheques”. En concreto, transcurridos cuatro meses desde que entrara en vigor esta norma, ya hay 1.400 empresas (el 90% de ellas, pymes) que han eliminado los vales de comida para sus trabajadores, lo que ha dejado sin ticket a 42.000 empleados.

A su vez, el menor uso de los cheques ha provocado la pérdida de unos 2.000 empleos en el sector de la restauración, para el que alrededor del 17% de su facturación llega a través de los 600.000 usos diarios que se hacen de estos vales. Según las declaraciones a Cinco Días, del presidente de la Asociación Española de Emisores de Vales de Comida, Iván de Pontevés, “el negocio de los vales de comida pasa de crecimientos de entre un 4% y un 6% anuales a cerrar 2014 probablemente con una caída de en torno al 8%”.

Éste también muestra su temor de que esta pérdida se agrave a mediados del próximo año, cuando multitud de grandes empresas negocien la renovación de estos convenios y puedan suprimir estas ayudas. Por otra parte, los emisores también temen que en la próxima reforma fiscal, se elimine también la exención fiscal sobre el IRPF (hasta 9 euros diarios) de estos cheques. Algo que, además, podría producir un aumento de pagos en negro de los pluses de comida.

Las grandes empresas consiguen que las primas de antigüedad no coticen

Una de cal y otra de arena, respecto al decreto que recargó las retribuciones en especie. Este mismo lunes, el diario Expansión se hacía eco de una consulta de la Tesorería General de la Seguridad Social a la que ha tenido acceso, y en el que se matiza que las denominadas primas y premios de antigüedad estarán fuera del “golpe de las cotizaciones”.

Este diario achaca a “la presión de las empresas del Ibex” este cambio de criterio, que parecía determinante el mes pasado, y que afectaría sobre todo a grandes empresas, de las cuales un mínimo de 320 incluyen la figura de la prima de antigüedad, que supone un compromiso por pensiones que se desembolsa si el empleado abandona la empresa unos años antes de la jubilación, y que consiste en el pago de varias mensualidades, con el objeto de estimular aquella.

El impacto de las cotizaciones por retribuciones en especie: 3.600 millones de euros

La publicación del Real Decreto-Ley 16/2013, especialmente, cuando se descubrió que su contenido aprobaba “de tapadillo” un importante recargo de cotizaciones, despertó la indignación en CEOE, que calculó el impacto de esta medida en 3.600 millones de euros, muy por encima de los 900 millones que estimó, por su parte, el Gobierno.

Los elementos susceptibles de cotizar a la Seguridad Social, así como el recargo de otros que ya estaban contemplados, son los introducidos a raíz de la disposición final tercera del Real Decreto-Ley (puede descargarse la información de los recargos en esta nota oficial de la Seguridad Social).

Como ya advirtió el subdirector provincial de Gestión Recaudatoria de la Tesorería General de la Seguridad Social, José Ramón Martínez  de Janáriz, en una jornada del pasado febrero, organizada por CEN y el Colegio de Graduados Sociales, el Real Decreto-Ley 16/2013 señala que, a partir de ahora, se computarán en la base de cotización del régimen general no sólo las remuneraciones en metálico, sino también las en especie, incluyendo las mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social distintas a la Incapacidad Temporal (que incluyen las contribuciones por planes de pensiones y sistemas alternativos, que estaban exentas de computar en la base de cotización. Ahora estas aportaciones tendrán un coste adicional del 23,60% para la empresa, así como del 4,70% para el trabajador).

Llama la atención la nueva obligación de cotizar por planes de pensiones cuando, precisamente, desde el propio Gobierno se viene recomendando el establecimiento de estos planes ante el incierto futuro del importe de las pensiones públicas. En muchos casos se dará la paradoja de que el exceso de cotización ahora establecido, además de encarecer las aportaciones para la empresa y el trabajador, no tenga efecto alguno sobre la futura pensión de los ciudadanos, por estar limitada aquella limitada por unos topes que hacen inútil la sobrecotización.

Asimismo, pasarán a cotizar por su importe íntegro la entrega gratuita o a precio inferior al de mercado de acciones o participaciones de la empresa o empresas del grupo (hasta ahora, sólo cotizaba por la cantidad que excediera de 12.000 euros anuales), así como las entregas de productos a precios rebajados que se realicen en comedores de empresa (ahora la cotización era por la cantidad que excediera de nueve euros al día). También pasan a cotizar las asignaciones en forma de primas de contrato de seguro por accidente de trabajo o la prestación del servicio de guarderías.

Las liquidaciones de los nuevos conceptos que se hayan incluido se prorratean desde el día 22 de diciembre, día siguiente al de la publicación del decreto en el Boletín Oficial del Estado, si bien el Gobierno ha ampliado hasta el 31 de julio el plazo para ingresar las nuevas cotizaciones (si es que finalmente se prorroga). Hasta entonces, “el empresario deberá comunicar a la TGSS el importe de todos estos conceptos retributivos”, señaló Martínez Janáriz.

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