La Confederación de Empresarios de Navarra y el Colegio de Graduados Sociales abordaron, el pasado martes 15 de mayo, distintos aspectos prácticos de la prestación de jubilación, a raíz de las novedades que introdujo la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
Prestaciķn de jubilaciķn La normativa va a tener un periodo transitorio de aplicaciķn Juan Manuel González
Prestaciķn de jubilaciķn La normativa pretende que la jubilaciķn sea lo más tarde posible Juan Manuel González
La jornada fue impartida por el graduado social, y profesor asociado de la Universidad Pública de Navarra, Juan Manuel González Cantalapiedra. Por ejemplo, éste se refirió a la ampliación de la edad ordinaria de jubilación, que pasa de los 65 a los 67 años, en un periodo transitorio desde el próximo 2013 hasta 2027. Por otra parte, el ponente recordó cómo serán necesarios tener cotizados 38 años y 6 meses para poder jubilarse a los 65. Del mismo modo, para contar con una jubilación plena a los 67, será necesario haber cotizado 37 años.
A continuación, González Cantalapiedra pasó a explicar los periodos que, tras la norma 27/2011, no se computan a efectos de calcular esta cotización. Por ejemplo, la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Sin embargo, sí contarán como cotizaciones efectivas aquellas efectuadas en virtud de convenios especiales con la Tesorería General de la Seguridad Social o los periodos de excedencia por cuidado de hijos de hasta un máximo de tres años.
Otro de los cambios introducidos en la jubilación es acerca del cálculo de la pensión. Por una parte, cambia el periodo de cotización para calcular la base reguladora, así como también va a cambiar el porcentaje a aplicar a dicha base según los años que se hayan cotizado (partiendo de los quince años de cadencia que se deben tener para poder acceder a la jubilación).
Antes, el periodo de cotización para calcular la base reguladora estaba en 15 años (180 meses, según concreta la norma) y, con la entrada en vigor de la Ley, el periodo pasará a ser de 25 años para el año 2022 (300 meses). En tal caso, el divisor que aplicará a las bases de cotización también cambia, ya que hasta ahora se utilizaba uno de 210, resultante de multiplicar 15 x 14 (12 mensuales ordinarias más 2 extraordinarias), y ahora pasará a ser de 250 (25 x 14).
Aun y todo, González Cantalapiedra señaló que algunos grupos de trabajadores, según sus circunstancias, podrán elegir una base de cotización diferente y un divisor distinto. Por ejemplo, para aquellos trabajadores por cuenta ajena que hayan cesado en el trabajo por causas ajenas a su voluntad. Si estos tienen 55 o más años durante el cese de la actividad y han sufrido una reducción en sus bases de cotización en los últimos 24 meses como mínimo a raíz de este cese, podrán elegir una base distinta.
Esto también se aplicará para los trabajadores por cuenta propia que también hayan cesado su actividad por causa no voluntaria, también con 55 o más años. Además, estos autónomos tendrán que haber agotado su prestación por cese de actividad, lo que presupone que esta ventaja pertenecerá a aquellos que hayan cotizado por el desempleo.
Respecto a las bases por las que se pueden optar, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016, el trabajador puede elegir una cantidad mayor de meses imputables a sus bases (concretamente, de 240 meses, entre un divisor de 280), con el fin de coger bases más altas anteriores y así poder disponer de una base reguladora mayor. Además, desde el 1 de enero de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2021, podrán elegir la base reguladora resultante de aplicar el total de 300 meses (con el divisor de 350).
González Cantalapiedra también se refirió a la compatibilidad de la pensión de jubilación. Así, la “jubilación flexible” será para aquellos trabajadores con su pensión de jubilación reconocida, que podrán disminuir proporcionalmente la cuantía de jubilación y acceder a un trabajo a tiempo parcial. En este trabajo, la jornada será de entre un 25% y un 75% de la normal en un trabajador en esa actividad.