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Dpto. Prevención de CEN
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La señalización de seguridad como técnica preventiva
 
Dpto. Prevención de CEN
 
La señalización por sí misma no es una medida preventiva que sustituya a otras, sólo proporciona información de la existencia de un peligro, pero no lo elimina. Sin embargo, es una técnica que aporta muy buenos resultados, puesto que permite identificar los riesgos de forma directa e inmediata, disminuyendo la peligrosidad que supone en muchos casos su desconocimiento por parte del trabajador.

Se entiende por señalización de seguridad como aquella que suministra una indicación relativa a la seguridad de las personas y/o bienes. En la misma línea el Real Decreto 485/97 define la señalización de seguridad y salud en el trabajo como la referida a un objeto, actividad o situación determinadas y que proporciona una indicación o una obligación relativa a la seguridad o salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, según proceda.

La señalización de seguridad deberá emplearse siempre que el análisis de los riesgos, las previsibles situaciones de emergencia y las medidas preventivas adoptadas pongan de manifiesto que es necesario: 

  • Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
  •  
  • Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
  •  
  • Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
  •  
  • Orientar o guiar a los trabajadores que realicen determinadas maniobras peligrosas.
  •  
  • Fomentar comportamientos seguros.
  •  
  • Provocar respuestas determinadas de carácter inmediato ante una eventualidad concreta.

La falta de señalización de seguridad incrementa el riesgo en la medida en que priva al trabajador de la más elemental información sobre el riesgo y la manera de evitarlo. 

Es muy importante ajustarse a las normas establecidas para la señalización de seguridad, ya que las señales son un medio de comunicación, y si no se adopta un "idioma" común, probablemente pierdan su principal objetivo: informar. 

La utilización de la señalización de seguridad como técnica preventiva deberá realizarse garantizando la prevalencia de cada una de ellas sin dar lugar a equívocos que anulen su eficacia. Por esta razón su uso se limitará a los siguientes casos: 

  • Cuando no sea posible eliminar el riesgo o reducirlo suficientemente.
  •  
  • Cuando no se puedan aplicar sistemas de protección colectiva (resguardos, defensas, etc.).
  •  
  • Cuando no se pueda proteger a la persona.
  •  
  • Como medida complementaria de otras técnicas de seguridad de concepción o de corrección.
  •  
  • Como medida complementaria de la formación e información de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Se debe señalizar todo elemento o situación que pueda constituir un riesgo para la salud o la seguridad, y en especial:

  • Lugares de almacenamiento de sustancias y productos peligrosos. Recipientes y tuberías que contengan estos productos.
  • Lugares peligrosos, obstáculos y vías de circulación.
  • Riesgos específicos, como radiaciones ionizantes, riesgo biológico, riesgo eléctrico, etc.
  • Salidas de emergencia.
  • Equipos de lucha contra incendios.
  • Maniobras peligrosas y situaciones de emergencia.

Clasificación según su forma de manifestación

  • Señales en forma de panel

Advertencia: una señal que advierte de un riesgo o peligro.

Prohibición: una señal que prohíbe un comportamiento susceptible de provocar un peligro.

Obligación: una señal que obliga a un comportamiento determinado.

Lucha contra incendios: una señal que proporciona indicaciones relativas a la lucha contra incendios.

Salvamento o de socorro: una señal que proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento.

  • Señales luminosas y acústicas

Luminosa: una señal emitida por medio de un dispositivo formado por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior, de tal manera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa

Acústica: una señal sonora codificada, emitida y difundida por medio de un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética. 

  • Comunicación verbal: un mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza voz humana o sintética.
  • Señal gestual: un movimiento o disposición de los brazos o de las manos en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras que constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores.

Clasificación según el sentido que resulta estimulado

Generalmente se suele utilizar la señalización que estimula el sentido de la vista, pero en los casos en que no resulte suficiente, o como medida complementaria, se utilizan señales que pueden incidir sobre los sentidos del oído, el olfato o el tacto. 

  • Señales ópticas: constituidas por una combinación de formas, colores y símbolos. También pueden ser señales luminosas o gestuales.
  • Señales acústicas: adquieren importancia cuando la información deba transmitirse de manera rápida y sencilla. Pueden ser sonidos, como sirenas, timbres, alarmas, o bien comunicaciones verbales previamente establecidas. Se utilizan para indicar evacuaciones de emergencia, presencia de fuego, gases tóxicos, etc.
  • Señales olfativas: generalmente constan del empleo de aditivos para alertar de la presencia de gases tóxicos inodoros. En este tipo de señales también resulta importante la rapidez y la facilidad de transmisión de la información.
  • Señales táctiles: se suelen instalar zonas de tacto diferente (rugoso) para avisar del riesgo de contacto con elementos peligrosos, presencia de sustancias tóxicas, etc.

En la normativa sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo no se contemplan las señalizaciones olfativas y táctiles, aunque sean útiles en determinadas situaciones, como la necesaria presencia de un agente odorizante para gases inflamables de uso doméstico (butano y gas natural) para detectar las fugas, los pulsadores de ascensor con sistema Braille incorporado, etc.

Fuentes

  • Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, www.funprl.es.
  • Guía técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo; Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, www.insht.es.
  • Real Decreto 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
  • Directiva 92/58/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992, relativa a las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y de salud en el trabajo.

 

 

 

Beatriz Remón

Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales de CEN

 

 

 

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