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Mejora la movilidad en tu empresa con el Programa MOVES II
Formulario de inscripción para la convocatoria de ayudas "Actuación 4" del Programa MOVES II 2020 Navarra, que busca facilitar la movilidad de trabajadores, clientes o cualquier tipo de usuario en su acceso a un centro de actividad en una entidad concreta.
Estas ayudas están cofinanciadas con fondos FEDER y están dirigidas a profesionales autónomos, empresas y otras entidades con o sin personalidad jurídica.

El Programa MOVES II es un programa que normalmente asociamos a las ayudas por la compra de vehículos eléctricos, pero este año, como novedad, ayuda a la movilidad al trabajo.

Adjuntamos resumen y formulario de inscripción para la convocatoria de ayudas “Actuación 4” del Programa MOVES II 2020 Navarra, dirigida a la “implantación de planes de movilidad sostenibles a los centros de trabajo o centros de actividad que tengan como objetivo actuar sobre la movilidad de los trabajadores, clientes o cualquier otro tipo de usuario en su acceso a un centro de actividad de una entidad concreta, para conseguir una mayor participación de los modos más eficientes”.

Estas ayudas están cofinanciadas con fondos FEDER y están dirigidas a profesionales autónomos, empresas y otras entidades con o sin personalidad jurídica. Las actuaciones susceptibles de ayuda deberán ser “actuaciones que faciliten el acceso al centro de trabajo a pie o en bicicleta”, “líneas específicas de transporte colectivo y autobuses lanzadera a los centros de trabajo o actividad”, “actuaciones para facilitar y fomentar el uso del transporte público o colectivo”, o “plataformas y sistemas de vehículos compartidos”. En todos los casos, las actuaciones susceptibles de ayuda deberán estar incluidas en un Plan de Transporte al Centro de Trabajo (PTT).

Se considerará coste subvencionable el coste asociado a la ejecución de las actuaciones planteadas.

El límite de las ayudas es de 60.000 euros, siempre que no se supere el 40% del gasto subvencionable, si bien puede llegar al 50% para destinatarios sin actividad comercial o mercantil. Es importante indicar que la adjudicación de las ayudas se realizará por orden de llegada, atendiendo a una evaluación individualizada del cumplimiento de los requisitos.

Estas ayudas son un impulso para cumplir el artículo 34 de la Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética titulado “Planes de transporte sostenibles de las empresas e instituciones” que concreta que:

1. En el plazo de dos años, será obligatoria la elaboración de planes de transporte sostenible para:

a. Las empresas e instituciones con más de 200 personas empleadas en un centro de trabajo.

b. Las Grandes superficies comerciales, según definición en la legislación reguladora del comercio en Navarra.

c. Los polígonos industriales con más de 200 personas trabajadoras ubicados en municipios de menos de 5000 habitantes, en cuyo caso serán elaborados por los Ayuntamientos correspondientes en colaboración con las empresas ubicadas en el polígono.

2. Estos planes deberán definir las medidas necesarias para favorecer la movilidad sostenible de su personal en los desplazamientos al lugar de trabajo, reducir las necesidades de desplazamiento, así como posibilitar y priorizar los desplazamientos en transporte público colectivo, peatonales y en medios autónomos de cero emisiones de los usuarios y usuarias. Asimismo, deberán incorporar los indicadores básicos de seguimiento de las medidas y los objetivos.

3. En el plazo máximo de un año el departamento con competencia en materia de transporte desarrollará reglamentariamente el contenido y tramitación de los planes de movilidad sostenible de empresas e instituciones.

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