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Anteproyecto de ley de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social
Ministerio de empleo y seguridad social
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Anteproyecto de Ley
Ampliación de la tarifa plana o capitalización del paro, algunas de las nuevas medidas para autónomos
El Gobierno nacional aprobó, hace dos semanas, el Anteproyecto de Ley de Fomento y Promoción del Trabajo Autónomo y de la Economía Social, que actualiza toda la normativa en materia de autoempleo. El Anteproyecto fue remitido al Consejo Económico y Social para su dictamen.

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Ministerio de empleo y seguridad social

La nueva Ley amplía, además, algunos incentivos ya existentes a otros colectivos y pone en marcha nuevas medidas para impulsar el autoempleo, ya sea individual o colectivo, y para apoyar el trabajo autónomo y la Economía Social. Entre las medidas, destacan las siguientes:
 
Ampliación de la Tarifa Plana
 
La nueva Ley introducirá algunas novedades en relación con la “Tarifa Plana para Autónomos”. Entre ellas, fija la cuantía de la cuota por contingencias comunes en cincuenta euros exactos durante seis meses; amplía el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten a trabajadores por cuenta ajena, y extiende los supuestos de la Tarifa Plana Especialmente Protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género. Además, amplía los incentivos a las personas con discapacidad con independencia de su edad.
 
De esta forma, los autónomos disfrutarán de una senda de cotización reducida en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los primeros meses de actividad: cincuenta euros de cotización por contingencias comunes durante seis meses o reducción en la cotización a la Seguridad Social del 80 por 100 de una cuota resultante de aplicar el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento a la base mínima de cotización que corresponda; reducción del 50 por 100 de dicha cuota durante los seis meses siguientes; y transcurrido un año, reducción o bonificación del 30 por 100 los siguientes seis meses (dieciocho meses en el caso de los menores de 30 años o 35 si son mujeres).
 
Por su parte, las víctimas del terrorismo, de la violencia de género y las personas con discapacidad disfrutarán de una senda de cotización reducida durante cinco años: los primeros doce meses con una cuota de cincuenta euros o la mencionada reducción del 80 por 100 y el resto, hasta 48 meses, a través de una bonificación del 50 por 100.
 
Extensión de la capitalización de la prestación por desempleo
 
Además, para ayudar a quienes quieren emprender se extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar el 100 por 100 de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales para iniciar una actividad emprendedora.
 
De este modo, y para iniciar una actividad por cuenta propia, la prestación por desempleo se podrá utilizar de tres formas: capitalizando el 100 por 100 en un único pago, capitalizando sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas mensuales.
 
En relación con la capitalización, en el nuevo texto se abre, además, la posibilidad a que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan capitalizar su prestación para realizar una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación, siempre y cuando tengan el control efectivo de la empresa.
 
Igualmente, se abre la posibilidad a que la capitalización de la prestación por desempleo pueda utilizarse para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad, así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información, en este último caso limitado al 15 por 100 de la cantidad capitalizada.
 
Otras medidas relacionadas con la prestación por desempleo como palanca para favorecer el autoempleo y la segunda oportunidad
 
Asimismo, a partir de la entrada en vigor de la Ley, los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el RETA, una posibilidad hasta ahora reservada a los menores de treinta años.
 
Además, para favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo, desde los veinticuatro hasta los sesenta meses, para la reanudación de la prestación por desempleo a todos los trabajadores con derecho a prestación que realicen un trabajo por cuenta propia.
 
No obstante, en el caso de solicitar reanudar la prestación por desempleo a partir del mes veinticuatro, el autónomo deberá acreditar causas económicas u organizativas.
 
Ampliación de los incentivos a los familiares colaboradores
 
La nueva Ley amplía también la bonificación a los familiares colaboradores de forma que, a partir de la entrada en vigor de la misma, podrán disfrutar de una bonificación en las cuotas la seguridad social durante veinticuatro meses. De esta forma, a los dieciocho meses durante los cuales, desde la aprobación en 2012 de la reforma del mercado de trabajo, podían beneficiarse de una bonificación del 50 por 100 en sus cuotas a la Seguridad Social, se suman ahora otros seis meses en los que podrán beneficiarse de una nueva bonificación del 25 por 100.
 
El objeto de esta nueva bonificación adicional es atenuar la transición entre la bonificación del 50 por 100 de la cuota al pago íntegro de la misma y evitar de esta forma "efecto escalón" en el abono de las cotizaciones.
 
Autónomos Económicamente Dependientes
 
La nueva Ley refuerza los mecanismos de protección de los autónomos económicamente dependientes, en lo que se refiere a la conciliación de la vida familiar y profesional.
 
Para ello introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, es decir, aquellos que perciben al menos el 75 por 100 de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador bajo determinadas circunstancias con el fin de facilitarles la conciliación de la vida laboral y familiar. Entre ellas se encuentran: riesgo durante el embarazo y lactancia de un menor de nueve meses; en periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento; por cuidado de menores de siete años a cargo y por familiares a cargo en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33 por 100.
 
Ello permitirá, por ejemplo, evitar situaciones que hasta ahora eran posibles como el hecho de que se llegue a considerar en el actual Estatuto del Trabajo Autónomo una causa justificada de extinción del contrato con el cliente la maternidad o paternidad de un autónomo económicamente dependiente cuando el cliente justifique que le causa un perjuicio importante.
 
Además, se recoge en el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo la recientemente aprobada medida de conciliación, que consiste en una bonificación del 100 por 100 en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el plazo máximo de doce meses, cuando los autónomos precisen reducir eventualmente su jornada por cuidado de menores de siete años a su cargo o de personas en situación de dependencia reconocida, siempre que contraten a un trabajador que les permita el mantenimiento de la actividad.
 
También se incorporan al título V del Estatuto el resto de incentivos previstos para el autoempleo en el ámbito del empleo y la Seguridad Social como las bonificaciones para los autónomos de Ceuta y Melilla; la reducción para los familiares del titular de una explotación agraria; o la bonificación de cuotas de Seguridad Social para trabajadores autónomos en período de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad.
 
Medio millón de autónomos más
 
En España hay más de tres de trabajadores por cuenta propia (3.131.629), lo que supone el 18,6 por 100 del total de los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social. Tal y como destaca el Anteproyecto en su propia exposición de motivos, el trabajo autónomo presenta, por tanto, un importante peso específico en el mercado de trabajo. Sólo en 2014 el número de autónomos creció en 75.465 personas y, entre diciembre de 2011 y marzo de 2015, el número de trabajadores por cuenta propia ha registrado un incremento de 59.960 afiliados en términos de afiliación a la Seguridad Social.
 
Además, los trabajadores por cuenta propia constituyen una fuente importante de generación de empleo. En los últimos tres años, el número de asalariados contratados por autónomos se ha incrementado en un total de 95.145 personas, lo que representa un crecimiento del 14 por 100.
 
Según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con el impulso de las medidas de fomento del autoempleo y conforme a las previsiones de crecimiento se estima que, hasta 2019, la afiliación de autónomos pueda crecer en 550.000 personas.
 
“El Gobierno pide ayuda a los autónomos”
 
Tras la presentación del Anteproyecto, en su columna habitual de opinión, Miguel Valverde, de Expansión, reconoció que “el Gobierno está  explorando todas las alternativas posibles para crear empleo, con nuevos apoyos a los autónomos, a las cooperativas y a las sociedades anónimas”. Respecto a la previsión de crear medio millón de trabajos autónomos hasta 2019 (ya la próxima legislatura), el autor advierte: “muchos pueden pensar que las medidas para favorecer a los autónomos y a toda la economía social son un punto más del programa electoral del Gobierno y del Partido Popular. Es obvio que así es. Sin embargo, en estos momentos, lo más importante es ayudar a crear empleo a toda costa para curar la profunda herida que ha causado la crisis en el mercado de trabajo, como demostró la EPA”.
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